miércoles, 14 de septiembre de 2022

Sector Bancario

El sector bancario se trata de todas las instituciones que participan en una economía como punto de encuentro entre el ahorro y la inversión, es decir, captan recursos, por ejemplo, a través de créditos y realizan inversiones.

El sistema bancario mexicano está integrado por 50 bancos en operación, que cumplen con estándares internacionales en materia de regulación y que son supervisados por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) bajo un esquema prudencial basado en riesgos.




Instituciones de Crédito
Una entidad de crédito es una organización pública o privada dedicada a otorgar préstamos a terceros. Son entidades de crédito los bancos, cajas de ahorro, microfinancieras y cooperativas, entre otros.

A modo general, de todos los tipos de entidades de crédito los más populares son los siguientes: bancos, cajas de ahorro y entidades de dinero electrónico.

  • Bancos: La principal actividad de estas instituciones es la gestión del capital de terceros. De igual forma, se pueden conseguir distintas clases de financiamientos.
  • Cajas de ahorro y crédito: En general realizan la misma actividad que la banca, sin embargo, su público objetivo son pequeños y medianos clientes.
  • Entidades de dinero electrónico: Estas entidades emiten dinero que proviene de un soporte virtual. Algunos países incluyen en su marco legal sobre entidades de crédito esta categoría como es el caso de las instituciones nacionales de España y el sistema financiero mexicano.


Oficinas de Representación de Entidades Financieras del Exterior
Son aquellas entidades autorizadas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores conforme a la Ley de Instituciones de Crédito y a las Reglas de oficinas de representación de entidades financieras del exterior a que se refiere el artículo 7° de dicha Ley y 159 de la Ley del Mercado de Valores, las cuales únicamente pueden llevar a cabo las siguientes actividades:

  • Informar y negociar las condiciones y demás características de las operaciones de crédito, así como de otras operaciones activas y de inversión.
  • Recabar la información necesaria para llevar a cabo las actividades referidas en el numeral anterior
  • Supervisar la ejecución y desarrollo de las operaciones efectuadas mediante su gestión.
  • Efectuar gestiones de cobranza que estén relacionadas con actividades propias de su objeto y, en general, atender las gestiones y trámites que les sean encomendadas.


Algunas oficinas de representación de las entidades financieras del exterior son:

  • The Royal Bank of Scotland N.V.
  • American Express Bank, Ltd.
  • American National Bank and Trust Co. of Chicago
  • Australia and New Zealand Banking Group Limited
  • Baer American Banking Corporation
  • Williamson and Co. Ltd.


Instituciones de Banca de Desarrollo
Las instituciones de banca de desarrollo son entidades de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, constituidas con el carácter de sociedades nacionales de crédito. Tienen como objeto fundamental facilitar el acceso al ahorro y financiamiento a personas físicas y morales, así como proporcionarles asistencia técnica y capacitación.

Actualmente existen seis instituciones que constituyen el sistema de banca de desarrollo mexicano, las cuales son:

1. Nacional Financiera, S.N.C. (NAFIN)

2. Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C. (BANOBRAS)

3. Banco Nacional del Comercio Exterior, S.N.C. (BANCOMEXT)

4. Sociedad Hipotecaria Federal, S.N.C. (SHF)

    4.1. Metrofinanciera Sofom ER

5. Banco del Ahorro Nacional y Servicios Financieros, S.N.C. (BANSEFI)

6. Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, S.N.C. (BANJERCITO)


  • Oficinas en el Extranjero de las Instituciones de Banca de Desarrollo

La oficina de representación es un tipo de establecimiento mercantil. Es un lugar físico donde opera una empresa no residente, en el cual se realizan actividades de forma indirecta. Estas reportan negocio a la compañía en el país donde se ubica la oficina o en su país de origen.

Dado que la compañía no tiene presencia física en el país, establece una oficina de representación con el objetivo de desarrollar una actividad que aporte valor a la compañía, pudiendo ser una actividad relacionada con hacer publicidad, la promoción de un determinado bien o servicio, el suministro de información de la compañía, la realización de investigaciones de mercado, así como, en general, la realización de actividades relacionadas con la empresa y su rubro.


  • Inversiones de capital de riesgo a que se refiere el artículo 75 de la LIC

El Capital de Riesgo es la aportación temporal de recursos de terceros al patrimonio de una empresa con el fin de optimizar sus oportunidades de negocio e incrementar su valor.

Las instituciones de banca múltiple, así como las de banca de desarrollo que estén facultadas para ello en sus respectivas leyes orgánicas podrán realizar inversiones, adquirir obligaciones de compra o de venta de títulos representativos del capital o realizar aportaciones futuras de capital de sociedades distintas a las señaladas en los artículos 88 y 89 de esta Ley, conforme a las bases siguientes:

  1. Hasta el cinco por ciento del capital pagado de la emisora;
  2. Más del cinco y hasta el quince por ciento del capital pagado de la emisora, durante un plazo que no exceda de tres años, La Comisión Nacional Bancaria y de Valores podrá ampliar el plazo a que se refiere esta fracción, considerando la naturaleza y situación de la empresa de que se trate.
  3. Por porcentajes y plazos mayores, cuando se trate de empresas que desarrollen proyectos nuevos de larga maduración o realicen actividades susceptibles de fomento, previa autorización de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, quien la otorgará o negará discrecionalmente, después de escuchar la opinión del Banco de México.


  • Inmobiliarias bancarias 

Se trata entidades especializadas en la compraventa de inmuebles pertenecientes a entidades bancaria y también a fondos de inversión. Normalmente estas entidades pertenecen al mismo grupo accionarial del propio banco.

Existe un portal en Internet llamado Inmobiliaria Bancaria dedicado a la gestión de este tipo de activos bancarios. Con el objetivo de prestar todos los servicios de intermediación entre el cliente y las propias entidades inmobiliarias pertenecientes al grupo empresarial de cada banco. 


  • Empresas de servicios complementarios 

Las entidades de servicios complementarios son las sociedades autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para prestar, directa o indirectamente, servicios complementarios o auxiliares a los intermediarios financieros, para la realización de su objeto y su administración.

Así se llaman a las empresas que auxilian en la actividad crediticia a los bancos, e incluyen a las arrendadoras, almacenes generales de depósito, uniones de crédito, transportadoras de valores, empresas de factoraje, SOFOMES, etc.


Instituciones de Banca Múltiple

Se denomina así a las instituciones de crédito autorizadas por el Gobierno Federal para captar recursos financieros del público y otorgar a su vez créditos, destinados a mantener en operación las actividades económicas. Por estas transacciones de captación y financiamiento, la banca comercial establece tasas de interés activas y pasivas.

Las instituciones de banca múltiple están reguladas por la Ley de Instituciones de Crédito y otras circulares.

Algunas actividades importantes que llevan a cabo la banca múltiple son:

  • Operar con valores en los diversos mercados financieros, en los términos de la Ley de Instituciones de Crédito y la Ley del Mercado de Valores.
  • Emitir y poner en circulación cualquier medio de pago que determine el Banco de México.
  • Actividades de asesoría e inversión en diversos tipos de valores.
  • Operaciones de fideicomiso y llevar a cabo mandatos y comisiones.
  • Servicios de custodia y administración de bienes por cuenta de terceros.


Algunas instituciones de banca múltiple en México son: 

  • Banco Coppel, S.A.
  • Banco Azteca, S.A.
  • Banco Santander, S.A.
  • Bankaool, S.A.
  • Banco PagaTodo, S.A.
  • INTERCAM BANCO, S.A.
  • Banco Multiva, S.A.
  • Banco Actinver, S.A.
  • Barclays Bank México, S.A.

  • Organismos Autorregulatorios Bancarios 

Los organismos autorregulatorios tendrán por objeto implementar estándares de conducta y operación entre sus miembros a fin de contribuir al sano desarrollo del mercado de valores.

Las bolsas de valores y las contrapartes centrales de valores, por ministerio de esta Ley, tendrán el carácter de organismos autorregulatorios.

Adicionalmente, contarán con el referido carácter aquellas asociaciones gremiales de intermediarios del mercado de valores o de asesores en inversiones que sean reconocidos por la Comisión, previo acuerdo de su Junta de Gobierno.


  • Subsidiaras Financieras en el Exterior de Instituciones de Banca Múltiple 

Las subsidiarias financieras se refiere a todos aquellos organismos que se encargan de regular el buen funcionamiento del capital de las empresas, así como las inversiones y proteger a sus accionistas, a través de informes de cómo se debe de realizar un correcto contrato e inversión.

Son sociedades mexicanas autorizadas para organizarse y operar, pero que en su capital participa una institución financiera exterior o una sociedad controladora filial.

 A su vez, una institución financiera del exterior es una entidad financiera constituida en un país con el que México haya celebrado un tratado o acuerdo internacional que le permita establecer filiales en el país. Estas organizaciones están contempladas en diversos ordenamientos legales:

Capítulo III de la Ley de Instituciones de Crédito

Capítulo II del título tercero de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras

Capítulo III bis 1 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares de Crédito

Capítulo III bis de la Ley de Mercado de Valores.


  • Sucursales y Agencias de las Instituciones de Banca Múltiple en el Extranjero 

  • Inversiones de capital de riesgo a que se refiere el artículo 75 de la LIC

El Capital de Riesgo es la aportación temporal de recursos de terceros al patrimonio de una empresa con el fin de optimizar sus oportunidades de negocio e incrementar su valor.

Las instituciones de banca múltiple, así como las de banca de desarrollo que estén facultadas para ello en sus respectivas leyes orgánicas podrán realizar inversiones, adquirir obligaciones de compra o de venta de títulos representativos del capital o realizar aportaciones futuras de capital de sociedades distintas a las señaladas en los artículos 88 y 89 de esta Ley, conforme a las bases siguientes:

  • Hasta el cinco por ciento del capital pagado de la emisora;
  • Más del cinco y hasta el quince por ciento del capital pagado de la emisora, durante un plazo que no exceda de tres años, La Comisión Nacional Bancaria y de Valores podrá ampliar el plazo a que se refiere esta fracción, considerando la naturaleza y situación de la empresa de que se trate.
  • Por porcentajes y plazos mayores, cuando se trate de empresas que desarrollen proyectos nuevos de larga maduración o realicen actividades susceptibles de fomento, previa autorización de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, quien la otorgará o negará discrecionalmente, después de escuchar la opinión del Banco de México.


  • Inmobiliarias Bancarias 

Son empresas especializadas en la intermediación de crédito, cuyo principal objetivo es la realización de utilidades provenientes de diferenciales de tasas entre las operaciones de captación y las de colocación de recursos.

La actividad de la Banca Múltiple consiste en la captación de recursos del público a través de la realización de operaciones en razón de las cuales asumen pasivos a su cargo para su posterior colocación entre el público mediante las operaciones activas.


  • Empresas de servicios complementarios 

Las entidades de servicios complementarios son las sociedades autorizadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para prestar, directa o indirectamente, servicios complementarios o auxiliares a los intermediarios financieros, para la realización de su objeto y su administración.

Así se llaman a las empresas que auxilian en la actividad crediticia a los bancos, e incluyen a las arrendadoras, almacenes generales de depósito, uniones de crédito, transportadoras de valores, empresas de factoraje, SOFOMES, etc.

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